Ley de Emergencia Territorial Indígena y media sanción al régimen penal empresario

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Pedro Lacour

Pedro Lacour

Periodista | Columnista en Misiones Opina | Colaborador en #CLV | Estudiante de Sociologí­a en la Universidad de Buenos Aires
Pedro Lacour

En la que quizás fuera su última sesión antes de las elecciones legislativas del próximo 22 de octubre, el Senado aprobó este miércoles dos iniciativas de gran trascendencia pública. Por unanimidad, la Cámara alta votó la media sanción al proyecto que establece la responsabilidad penal empresaria. Al tiempo que extendió hasta 2021 la Ley de Emergencia Territorial Indígena, norma que prohíbe cualquier intento de desalojo en los territorios habitados por las comunidades originarias a lo largo y a la ancho del país.

El reclamo que exigía la prorrogación de la Ley 26.160 cobró fuerza al calor de la lucha por la aparición con vida de Santiago Maldonado, el joven artesano desaparecido dos meses atrás durante la represión de Gendarmería a una protesta mapuche en la localidad de Cushamen, provincia de Chubut. Tras una década de estar en vigencia, el relevamiento territorial que exige la normativa, y que prevé la posterior entrega de títulos de propiedad a sus respectivos habitantes, se encuentra incompleto.

“Se logró establecer un plazo razonable”, declaró satisfecho el senador misionero del PJ, Juan Manuel Irrazábal. En diálogo con MISIONES OPINA, Irrazábal consideró que la sanción “permite abrir el marco para que los actores institucionales involucrados trabajen en la misma línea para solucionar definitivamente el tema de la regularización de las tierras”. Y agregó que, a diferencia de los dos años y medio propuestos por el oficialismo, la extensión de la ley por cuatro años más va a ayudar a evitar cualquier forma de desalojo violento que implique poner en riesgo a las propias comunidades aborígenes”.

Pero más allá de lo expuesto en el papel, la realidad cotidiana expone una situación dramática. En Misiones, como en varios puntos de la Argentina, el hostigamiento a los pueblos originarios es un tema tan recurrente como invisibilizado. El 8 de julio pasado, sin ir más lejos, un grupo de personas, entre los que se encontraban empleados municipales, desalojaron violentamente a las familias de la TekoaKokuere’i de San Ignacio, una de las 13 Comunidades Mbya Guaraní de la provincia. Sus integrantes denunciaron que ingresaron con máquinas y tiraron abajo monte nativo. Otro caso paradigmático de irrupción ilegal tuvo lugar en 2013, en Iguazú, cuando mbyas fueron desplazados de sus territorios ancestrales para que el Hotel Hilton amplíe su cancha de golf.

La primera prórroga a la Ley 26.160 –sancionada en 2006– se votó en diputados en 2009: 138 legisladores votaron a favor, tres en contra y dos se abstuvieron. La media sanción de Senadores había sido aprobada por los 45 legisladores presentes. El 3 de julio de 2013 se votó la segunda prórroga en la Cámara alta, con el voto unánime de 53 senadores. En Diputados fue aprobada el 26 de septiembre de ese mismo año. Los 191 representantes que se encontraban en el recinto alzaron la mano. Todo indica que no habrá mayores inconvenientes para que la Cámara baja vuelva a ratificarla la semana próxima.

Sube y baja

Luego del visto bueno de los diputados, los principales bloques políticos del Senado acordaron de antemano la sanción del proyecto de Ley de Responsabilidad Empresaria. Sin embargo, pese a ser aprobada por el voto unánime de 65 legisladores, la iniciativa deberá regresar a la Cámara baja debido a los numerosos cambios introducidos por el oficialismo, con la indispensable venia de la mayoría peronista.

El nuevo régimen de penas para las empresas que incurran en actos de corrupción es una de las principales obsesiones de Mauricio Macri. Está entre los requisitos que se le exige a la Argentina para ingresar a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). La propia titular de la Oficina Anticorrupción (OA), Laura Alonso, se reunió con los senadores y diputados de Cambiemos para que el proyecto sufriera las modificaciones que la Casa Rosada consideraba necesarias.

Entre sus tantos retoques, se eliminó la imprescriptibilidad de los delitos detallados en el expediente y se acotaron las multas al daño producido. Mientras que se mantuvo la figura de “colaborador eficaz”, una suerte de “delación premiada” a la criolla. La misma implica que, si el empresario corrupto devuelve el dinero por el delito que se le acusa o brinda datos relevantes, puede tener una reducción de la condena, aunque nunca ser eximido de prisión.

Fue imposible para Alonso, no obstante, lograr revertir la negativa opositora a incluir en la ley el polémico artículo 37. Es aquel que permitiría a las empresas involucradas en casos de corrupción hacer “acuerdos administrativos” con el Poder Ejecutivo, con la condición de ceder información y sin la intervención de la Justicia. Rechazado en su momento por la Cámara baja, el artilugio jurídico diseñado por Cambiemos dejaba entrever un objetivo por demás inconfesable: darse el mayor margen de maniobra posible para aplacar cualquier eventual golpe proveniente de la investigación en torno a las coimas de la constructora brasileña Odebrecht. Sucede que el escándalo, de proporciones continentales, salpica al círculo íntimo del presidente Macri. Entre los diputados, la cláusula había sido bautizada con el nombre de “Ley Angelo”, en irónica referencia a Ángelo Calcaterra, primo presidencial y ex socio de Odebrecht en sus emprendimientos en el país. Es él uno de los empresarios que, si la iniciativa oficial llegaba a prosperar, podría haberse visto directamente beneficiado.

 

Columna semanal para Misiones Opina

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