Justicia Machista: presas por defenderse

El tribunal Oral en lo Criminal 2º de Mercedes, sostuvo (por fallo unánime) el pasado 9 de abril, que las hermanas Ailén y Marina Jara, no se defendieron de una supuesta violación, como habían argumentado y ordenó que se les diera una pena equivalente al tiempo de prisión que ya llevaban desde hacìa dos años. Quedaron en libertad pero la condena sigue siendo cuestionada.

Por Angela Gravano

Dos años, un mes y veintiún días fueron el total de tiempo que las chicas pagaron como defensa de la violencia de género ejercida hacia ellas por parte Juan Leguizamón, vecino de la zona.

Luego del fallo, se ordenó la inmediata libertad de ambas hermanas, que abandonaron el penal de Los Hornos, en La Plata, el mismo martes a la noche. “Es insólito que hayan estado detenidas durante dos años por intento de homicidio cuando el fallo final fue lesiones graves”, declaró su abogado defensor, Isidro Encina, quien mucho antes del juicio pidió la excarcelación y luego la prisión domiciliaria, sin mayor éxito. Acompañaron, clamando su inocencia, una multitud, dentro y fuera del recinto, en medio de un gran operativo policial y con la presencia de familiares, activistas feministas y referentes de organismos como Pablo Pimentel, de la APDH de La Matanza, y Mirta Baravalle, de Madres de Plaza de Mayo.

La lectura del veredicto se realizó una hora más tarde de lo previsto. El fallo fue redactado por la jueza María Larroque y adhirieron sus colegas Fabián Brahim y Marco Barski. En el primer punto, se rechazó la acusación de la defensa sobre la aparente ‘falsedad ideológica en el informe médico’, si bien el tribunal lo concedió como un “error material” que la fiscalía consigne que los resultados de dicho peritaje hayan llegado dos horas antes de su supuesta realización. También se justifica la falta pruebas fehacientes para saber si las jóvenes habían o no gatillado un revólver, como acusó Leguizamón.

Las fisuras en la toma del veredicto, se evidencian así, alarmantemente, desde el comienzo de la causa: la desaparición de la remera que vestía Leguizamón el día en cuestión, por la que no se aceptó la falta de la misma como una clara ‘exclusión malintencionada y dolosa’. Tampoco se tomaron en cuenta los testimonios de vecinos, ni se contempló que las declaraciones que sí fueron escuchadas, eran parciales al hecho y no del todo contemplativas. Tampoco se tomó en cuenta si el acusado estaba o no involucrado en la venta de drogas ilegales con la complicidad de la policía local, personajes clave en el encubrimiento del caso entero.

Los jueces además declararon haber encontrado ‘sincero, verosímil y no inspirado interés espurio alguno’ el relato de Leguizamón, sobre la materialidad del hecho. No es una aclaración menor, que consta en el acta de juicio que no pudo recordar detalles del cuerpo de ella ni de su hermana, con quienes dijo haber mantenido relaciones sexuales.

Según el relato de Leguizamon, Marina y Ailén lo fueron a buscar para atacarlo a cuchillazos y dispararle con un revólver porque le contó a su madre que salía con ambas y una de ellas se había practicado un aborto producto de las relaciones sexuales que mantenían. Luego, agregó, su madre le prohibió a Rocío, hermana de él, verse con las Jara y eso terminó de desatar la furia de ellas, porque eran muy amigas de la chica. En su primera declaración, bajo el patrocinio de la defensora oficial Manuela González, las jóvenes contaron que Leguizamón dijo esas cosas, pero negaron que fueran ciertas.

Suma más ‘confusión’ en el fallo, el testimonio de Sixto Oscar Alvarez, quien en sede policial dijo que la remera que utilizaba una de las chicas era la de Nueva Chicago, cuando fue el propio Leguizamón quien dijo tener esa casaca.

El único testigo presencial del incidente, el fallecido Jorge Barrios, dijo que la persona que disparó tenía esa remera de fútbol. “Lo único que llegué a ver fue que una persona, de la que no sé el sexo, que se encontraba parada, con una contextura física tirando a gordita y que tenía puesta una casaca de fútbol con rayas verticales de color verde, sacó un arma de fuego color cromada”, dijo ese testigo, según cita el fallo. Como Ailén es “gordita”, según señalan los jueces, pesó más la “corpulencia de la persona” para dar como un hecho cierto que fue esta joven, de 21 años, quien disparó. Hay un resto de pólvora en el pantalón de Leguizamón, pero no fue tomada como prueba concluyente.

Tampoco fue aceptado el enfoque de violencia de género, que impulsaron Encina y los codefensores de la gremial de abogados, Gabriela Conter y Eduardo Soares. Los jueces entendieron que este enfoque es “tardío” y aseguran que provino de una “organización de derechos humanos”. Parecieron no rescatar en la pobre y malintencionada primera defensa que tuvieron las chicas, de la mano de Manuela Gonzales, que desestimó el relato de las hermanas sobre anteriores intentos de abuso y acoso verbal.

“¿Por qué habría de privarse una defensora oficial, mujer, de tan importante argumento? Cuando el mismo no menguaba en nada su estrategia, por el contrario, la fortalecía sumando una motivación más”, ‘destacó’ la jueza Larroque.

La causa, elevada bajo los cargos de “homicidio en grado de tentativa”, no se apartó de esa calificación, por lo que el fiscal Guillermo Altube, pidió 5 años y 10 meses de prisión durante los alegatos. Nunca quiso bajar la calificación a “lesiones graves”, ni siquiera cuando propuso un juicio abreviado a las partes. Tampoco apoyó el pedido de prisión domiciliaria, ante la situación de depresión profunda que sufre Marina Jara y los problemas de salud física que tiene Ailén.

La consideración de los jueces se basó en que era extraño que un hombre “bravucón, matón, peleador, agresivo”, como caracterizó la defensa a Leguizamón, “poseyendo un arma de fuego que sacó y utilizó no finalizara como terminó, apuñalado reiteradamente a manos de dos jóvenes mujeres”.

La defensa adelantó que apelará el fallo y pedirá el juicio político a “estos funcionarios sin escrúpulos”, en referencia a la defensora oficial y a la fiscal de instrucción.

Ailén y Marina festejaron entre lágrimas y abrazos su libertad, luego de cumplir la condena antes de que efectivamente les dictaran una sentencia. Nosotros, deberemos replantearnos el accionar de la justicia y no bajar los brazos para que este tipo de fallos, amedrente a la sociedad toda, que es condenada por defenderse de un abusador.

 

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