Gente en situación de calle: Con una ley que no se aplica
Muchas veces hemos sido testigos celebraciones ante la sanción de determinadas leyes pero, ¿qué pasa cuando se sanciona y no se reglamenta y/o aplica? Eso sucede, por ejemplo, con la Ley que contempla los derechos de las personas en situación de calle. Tanto en Gran Buenos Aires como en CABA fue sancionada pero… NADA ha cambiado desde entonces.
Por Vanesa Spaccavento @VaneSpaccavento
Nos referimos a la Ley 13.956 de Gran Buenos Aires y a la 3.706 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Ambas fueron sancionadas hace más de dos años pero su reglamentación y puesta en vigencia aún no llega.
A quiénes estás destinadas estas leyes
El artículo 2 establece:
- A los fines de la presente Ley se consideran personas en situación de calle a los hombres o mujeres adultos/as o grupo familiar, sin distinción de género u origen que habiten en la calle o espacios públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en forma transitoria o permanente y/o que utilicen o no la red de alojamiento nocturno.
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A los fines de la presente Ley se consideran personas en riesgo a la situación de calle a los hombres o mujeres adultos o grupo familiar, sin distinción de género u origen, que padezcan al menos una de las siguientes situaciones:
- Que se encuentren en instituciones de las cuales egresarán en un tiempo determinado y estén en situación de vulnerabilidad habitacional.
- Que se encuentren debidamente notificados de resolución administrativa o sentencia judicial firme de desalojo.
- Que habiten en estructuras temporales o asentamientos, sin acceso a servicios o en condiciones de hacinamiento.
En qué situación está la aplicación
En términos generales, las dos leyes tratan temas similares, coincidiendo en que “Serán objetivos esenciales del programa creado por la presente Ley, la localización, empadronamiento, asistencia médica y alimentaria, y habitacional transitoria, para las personas de todas las edades y sexo, en situación de calle logrando su reinserción social”
Mauricio Macri, Jefe de Gobierno Porteño, es un especialista en vetar las leyes que no le dan un rédito económico; mientras que Daniel Scioli, Gobernador de la Provincia, no hace abuso de la facultad del veto pero tiene un gran número de leyes “freezadas”. Actitudes diferentes para un idéntico resultado: actuar como si jamás hubiese existido la sanción de las mismas.
Hace escasos días, en la puerta del Congreso de la Nación, diferentes organizaciones sociales se reunieron para reclamar y hacer escuchar las necesidades de esos miles de ciudadanos ignorados; esos que muchas veces son considerados “meros daños colaterales” de la “etapa desastre” en la que se encuentra el capitalismo actualmente.
“Hoy en día son 17mil las personas en situación de calle en CABA; 4500 son niños, dos mil abuelos y un 25% son mujeres son hijos. La único que hoy en día hay por parte del Estado es la represión; tanto en CABA como en la provincia te llevan preso si te encuentran en situación de calle” nos dice uno de los encargados en juntar firmas para que este tema sea atendido. “Los paradores les dan alojo durante unas horas pero forman parte de un sistema perverso que muestra que no hay una intención política real de terminar con esta situación” agrega, mientras vemos cómo diferentes personas que pasan por el lugar se acercan a dejar su adhesión.
“No hay información sobre eso. Dijeron en el ejecutivo que estaban trabajando pero nada más… Desafortunadamente no se reúnen las comisiones” nos dijo la diputada Rocío Sanchez Andia de la COALICION CIVICA- ARI ante la pregunta sobre si se sabía algo sobre este tema. Luego, indicó que presentará un pedido de informe sobre cuestiones relacionadas con las políticas implementadas para personas en situación de calle. Por su parte Walter Martello, diputado del mismo partido en la Provincia de Buenos Aires, nos comentó que presentará también, un pedido de informe en el que se explique lo que sucede (o mejor dicho, que se detalle lo que no sucede). El mismo, recorre los artículos de la Ley punto por punto, solicitando información sobre el cumplimiento de cada uno de ellos.
Graciela, una vecina de la localidad de Burzaco, perteneciente al partido de Almirante Brown, nos dijo que: “Apareció en la puerta de casa, donde hay un refugio que auspicia de parada de colectivo, una persona. Solo tenía una frazada, y con el correr de los días diferentes vecinos le fuimos acercando comida, abrigo, etc. Me acerqué a la Municipalidad para que le puedan dar una ayuda y de ahí me empezaron a pasear por diferentes oficinas pero en ninguno me dieron una respuesta. Al caso de unos días, una ambulancia de la Municipalidad se lo llevó; sin embargo no pudimos saber más de el”. Ante esto, aprovechamos la comunicación con el diputado (Walter Martello) para preguntarle a dónde debe remitirse un vecino al encontrar a una persona en esta situación. Con total sinceridad nos explicó que al no estar la ley en plena vigencia no podía darnos una respuesta concreta y certera, y con la presentación de pedido de información se busca, entre muchas cosas, una respuesta a esto porque dentro de la Ley se establece la difusión de cómo accionar ante estas situaciones.
Si querés firmar la petición para que se reglamente la Ley en CABA podes hacerlo acá: http://www.change.org/es-AR/peticiones/ministerio-de-dearrollo-social-de-la-ciudad-de-buenos-aires-que-se-reglamente-la-ley-3706-para-personas-en-situacion-de-calle
Links de interés
Ley 3.706: http://www.cedom.gov.ar/es/legislacion/normas/leyes/ley3706.html
Ley 13.956: http://www.gob.gba.gov.ar/legislacion/legislacion/l-13956.html